México- La Secretaría de Relaciones Exteriores de México y la Embajada de Estados Unidos anunciaron hoy el acuerdo de extender por 30 días más las restricciones al tránsito terrestre no esencial en su frontera común, tras revisar el desarrollo de la propagación de COVID-19 en México y en EE. UU, las restricciones se mantendrán en los mismos términos en que se han desarrollado desde su implementación el 21 de marzo y ambos países continuarán buscando coordinar las medidas sanitarias en la región fronteriza, la nueva extensión estará vigente hasta el 21 de julio de 2020.
La medida también aplica para Canadá, anunció el presidente Justin Trudeau, “Canadá y EE. UU. acordaron extender las medidas fronterizas actualmente vigentes por 30 días, hasta el 21 de julio. Esta es una decisión importante que mantendrá seguros a canadienses y estadounidenses”.
El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos asegura que, “las medidas que se toman en nuestras fronteras protegerán al país de todos los riesgos, incluyendo los riesgos a la salud de nuestros ciudadanos. Con base en el éxito de las restricciones existentes y la aparición de nuevos focos de Covid-19 a nivel global”.
“El Departamento de Seguridad Nacional está en contacto con nuestras contrapartes mexicanas y canadienses al respecto de esta extensión, y todas las partes estuvieron de acuerdo en la necesidad de extender las restricciones a los viajes no esenciales. Espero con interés continuar trabajando con nuestros socios para mantener los viajes y el comercio esencial, mientras que igualmente protegemos la salud de nuestros ciudadanos”, dice el comunicado firmado por el Comisionado en funciones de Aduanas y Protección Fronteriza Mark Morgan.
Mientras el Agregado del Departamento de Seguridad Nacional en la Embajada de Estados Unidos en México, Edgar Ramírez, dijo, “la amenaza a la salud de América del Norte que significa la epidemia del Covid-19 no ha amainado. Por este motivo los Estados Unidos y México han acordado prorrogar una vez más el Acuerdo de Restricción Fronteriza. La prórroga significa que el gobierno de Estados Unidos continuará restringiendo los viajes no esenciales que crucen nuestra frontera compartida con el fin de frenar la propagación del coronavirus. Los ciudadanos mexicanos y estadunidenses deben evitar los cruces fronterizos a menos que el propósito sea considerado esencial”.
“Y recuerde: una pandemia global NO es el momento para ir de compras, de paseo o a visitar a la familia del otro de la frontera. Hacer eso corre el riesgo de contaminar con el virus a nuestros dos países. Quédese en casa y manténgase a salvo”, agregó Ramírez.

Restricciones de viaje en las fronteras con Canadá y México

—Punto Principal: Estados Unidos limitará de manera temporal los cruces fronterizos por tierra con Canadá y México únicamente a “viajes esenciales”.
—Esta acción no evita que ciudadanos estadounidenses regresen a casa.
—Estas restricciones son temporales y entraron en vigor el 21 de marzo de 2020. Continuarán vigentes hasta las 11:59 P.M. del 22 de junio de 2020. Esta decisión se ha coordinado con los gobiernos de México y Canadá.

Las siguientes categorías no entran en la definición de “viajes esenciales”:

—Individuos que viajan por turismo, recreación, apuestas o asistiendo eventos culturales en los Estados Unidos.

¿Quién se considera un viajero “esencial”?

—Los ciudadanos estadunidenses y residentes permanentes que regresen a Estados Unidos.
—Individuos que viajen por motivos médicos (por ejemplo, para recibir tratamiento médico en Estados Unidos).
—Individuos que viajen para asistir a instituciones educativas.
—Individuos que viajen para trabajar en Estados Unidos (por ejemplo los que trabajan en la industria de agricultura y que tienen que viajar entre Estados Unidos, Canadá y México por tal motivo).
—Individuos que viajan para dar respuesta a emergencias y propósitos de salud pública (por ejemplo, funcionarios de gobierno o personal de emergencia que entre a Estados Unidos en apoyo de esfuerzos de gobierno federal, estatal, local, tribal o territorial en respuesta a Covid-19 u otras emergencias).
—Individuos involucrados en comercio transfronterizo legítimo (por ejemplo, conductores de camión que mueven la carga entre Estados Unidos, Canadá y México)
—Individuos en viajes oficiales de gobierno o diplomáticos.
—Militares de viaje o que lleven a cabo operaciones.

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