Chihuahua, Chih.- El gobierno de México a través de la Secretaría de Gobernación y publicado ya en el Diario Oficial de la Federación, declaró como Sitio de Memoria la tumba colectiva de miembros del Grupo Popular Guerrillero de Chihuahua, a 60 años del ataque al cuartel militar de Ciudad Madera, Chihuahua, hecho que se convertiría en el antecedente histórico de la lucha guerrillera en México.

“El 23 de septiembre de 1965 tuvo lugar una acción insurgente en la que 13 miembros del Grupo Popular Guerrillero atacaron el cuartel de Ciudad Madera, Chihuahua. Durante el enfrentamiento con elementos del Ejército mexicano, fallecieron los luchadores sociales Antonio Scobell Gaytán, Arturo Gámiz García, Emilio Gámiz García, Miguel Quiñones Pedroza, Oscar Sandoval Salinas, Pablo Gómez Ramírez, Rafael Martínez Valdivia y Salomón Gaytán Aguirre”.

Ya que, “de acuerdo con las investigaciones que se llevaron a cabo para el esclarecimiento histórico de los hechos se determinó que por órdenes de Práxedes Giner Durán, gobernador del estado de Chihuahua (1962-1968), se cometieron una serie de actos violatorios en contra de los cadáveres de siete de los combatientes fallecidos, ya que fueron lesionados y exhibidos en la plataforma de un camión maderero por la plaza principal de Ciudad Madera, posteriormente inhumados en una fosa común del panteón municipal impidiendo que sus familiares pudieran recuperarlos para llevar a cabo ritos funerarios y negándoles un entierro digno”.

Por tal motivo, “la tumba colectiva de Antonio Scobell Gaytán, Arturo Gámiz García, Emilio Gámiz García, Miguel Quiñones Pedroza, Oscar Sandoval Salinas, Pablo Gómez Ramírez, Rafael Martínez Valdivia y Salomón Gaytán Aguirre, localizada en el panteón municipal de Ciudad Madera, Chihuahua, ha sido considerada para ser declarada como Sitio de Memoria, debido a la relevancia histórica de los hechos ocurridos para la historia reciente del país y como parte de las medidas de satisfacción de carácter colectivo dictadas por la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas en la resolución que se ha hecho referencia en el presente”.

Además en dicha resolución la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas señaló que, “no puede ser indiferente a que las narrativas sobre los hechos ocurridos en el periodo de violencia política de Estado de 1965 a 1990 han sido poco difundidas, sin lograr reconocer su carácter histórico, y que el Estado mexicano debe adoptar todas aquellas medidas para implementar una política que permita conocer la verdad”.

Un sitio de memoria es un lugar físico, objeto o espacio que sirve para recordar, reflexionar y transmitir acontecimientos históricos, especialmente aquellos relacionados con graves violaciones a los derechos humanos, como centros de tortura y exterminio, o lugares de resistencia y conmemoración. Estos sitios se designan para mantener viva la memoria colectiva, honrar a las víctimas, y educar a las nuevas generaciones sobre estos procesos traumáticos, contribuyendo a la no repetición de los hechos y a la construcción de la verdad y la justicia.

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