{"id":4379,"date":"2021-02-24T22:10:21","date_gmt":"2021-02-25T05:10:21","guid":{"rendered":"http:\/\/www.esucesos.com\/?p=4379"},"modified":"2021-02-24T22:10:28","modified_gmt":"2021-02-25T05:10:28","slug":"sigue-la-telenovela-panista-maria-eugenia-campos-llega-otra-vez-amparada-fiscalia-alega-que-ya-entrego-las-copias","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.esucesos.com\/?p=4379","title":{"rendered":"Sigue la telenovela panista: Mar\u00eda Eugenia Campos llega otra vez amparada; Fiscal\u00eda alega que ya entreg\u00f3 las copias"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" width=\"569\" height=\"320\" src=\"http:\/\/www.esucesos.com\/wp-content\/uploads\/2020\/11\/marus-corral.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-2947\" srcset=\"http:\/\/www.esucesos.com\/wp-content\/uploads\/2020\/11\/marus-corral.jpg 569w, http:\/\/www.esucesos.com\/wp-content\/uploads\/2020\/11\/marus-corral-300x169.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 569px) 100vw, 569px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>Chihuahua, Chih.-<\/strong> En el inicio de la comparecencia ante un Juez de Control fue exhibida una nueva suspensi\u00f3n dictada por la encargada del Juzgado Octavo de Distrito, Adriana del Carmen Mart\u00ednez, con motivo de un juicio de amparo presentado d\u00edas antes.<br>En \u00e9l los abogados de la defensa de la alcaldesa con licencia y ahora candidata a la gubernatura del estado por el PAN, Mar\u00eda Eugenia Campos Galv\u00e1n y Mar\u00eda A, relacionadas con el caso de la \u201ccaja chica\u201d atribuida al ex gobernador del Estado, argumentan que no se les ha entregado la copia completa de los registros de la investigaci\u00f3n para encarar la audiencia solicitada desde el mes de noviembre del a\u00f1o pasado.<br>En una estrategia de la defensa que se considera ilegal y en exceso, la suspensi\u00f3n de car\u00e1cter provisional la otorg\u00f3 el Juzgado de Distrito, en tanto se contaba con los informes de las autoridades. Mientras tanto, decret\u00f3 indebidamente la suspensi\u00f3n de la audiencia.<br>El mismo Juez de Distrito al conceder la suspensi\u00f3n, se\u00f1al\u00f3 que solo subsistir\u00eda la suspensi\u00f3n en tanto se acreditara que las copias aludidas ya hubiesen sido entregadas. No obstante este mismo Juzgado en el amparo 102\/2021, ya hab\u00eda resuelto negar la suspensi\u00f3n definitiva por falta de materia, ya que las copias s\u00ed hab\u00edan sido entregadas, seg\u00fan notific\u00f3 al Juez de Control el d\u00eda 3 de febrero de 2021.<br>A pesar de que los fiscales a cargo del asunto, mostraron al Juez de Control, la evidencia que demostraba que la entrega de las copias se hab\u00eda realizado desde el mes de enero de 2021, el Juez de Control consinti\u00f3 la petici\u00f3n de la defensa y una vez m\u00e1s resolvi\u00f3 suspender de nueva cuenta la audiencia.<br>Seg\u00fan se demostr\u00f3 con los registros del propio Tribunal y con la resoluci\u00f3n del anterior Juicio de Amparo que sobresey\u00f3 la solicitud de amparo, por haberse acreditado desde entonces que la entrega de las copias ya se hab\u00eda realizado, el Juez de Control ignor\u00f3 los argumentos y la evidencia y determin\u00f3 no continuar con la audiencia.<br>Las peticiones que han formulado los abogados de la defensa constituyen un exceso y rebasan lo dispuesto por el C\u00f3digo Nacional de Procedimientos Penales.<br>En asuntos diversos esta serie de peticiones y estrategias legales han sido rechazadas por los Jueces de Control, no obstante en el presente caso, la autoridad judicial ha actuado aplicando criterios diferenciados.<br>Indudablemente el Juzgado de Distrito una vez m\u00e1s habr\u00e1 de sobreseer la demanda de amparo de la defensa de la quejosa y con ello, se demostrar\u00e1 una vez m\u00e1s la falta de argumento legal v\u00e1lido para provocar los diferimientos que suman tres en menos de dos meses y con lo que se ha demorado la tramitaci\u00f3n de la causa penal, que ejerci\u00f3 la Fiscal\u00eda General desde el mes de noviembre de 2020.<br>La Fiscal\u00eda General del Estado no ha sido omisa en lo dispuesto por el C\u00f3digo Nacional de Procedimientos Penales y en cambio, queda en evidencia una estrategia legal de la defensa para entorpecer el correcto desarrollo de la fase procesal.<br>En casos an\u00e1logos este tipo de pr\u00e1cticas suelen ser rechazadas por los Jueces de Control, pues lesionan los principios b\u00e1sicos de todo proceso, como son el de una justicia pronta y expedita y el de rectitud con que se deben conducir las partes frente a la autoridad judicial.<br>Ante tal actuar y comprometidos con la imperiosa responsabilidad de procurar justicia, es deber de la Fiscal\u00eda General del Estado hacer valer los recursos y las acciones legales pertinentes para combatir las resoluciones que de forma indebida obstaculizan las labores de justicia.<br>Se reitera una vez m\u00e1s que el actuar de la instituci\u00f3n del Ministerio P\u00fablico se encuentra en todo momento apegada a derecho, que es un principio legal que le rige salvaguardar el derecho de v\u00edctimas e imputados.<br>Hacemos patente nuestra convicci\u00f3n de que los jueces y tribunales tienen la obligaci\u00f3n de velar por el cumplimiento de la ley sin distingo o preferencias de ninguna naturaleza, en t\u00e9rminos de lo dispuesto por nuestra Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos y por el C\u00f3digo Nacional de Procedimientos Penales como garant\u00eda de legalidad, \u00e9tica y gobernabilidad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Chihuahua, Chih.- En el inicio de la comparecencia ante un Juez de Control fue exhibida una nueva suspensi\u00f3n dictada por la encargada del Juzgado Octavo de Distrito, Adriana del Carmen Mart\u00ednez, con motivo de un juicio de amparo presentado d\u00edas antes.En \u00e9l los abogados de la defensa de la alcaldesa con licencia y ahora candidata 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